ABOGADA QUE ASISTE A CLIENTES EN DETERMINAR CUÁNDO PRESENTAR UNA APELACIÓN O UNA MOCIÓN EN CASOS DE INMIGRACIÓN MEDIANTE EL FORMULARIO I-290B
Cuando se trata de solicitudes de inmigración y visas, lo mejor sería que su solicitud fuera revisada y aprobada sin problemas. Sin embargo, en muchas ocasiones esto no ocurre. Puede surgir situaciones en las que la autoridad evaluadora solicite más aclaraciones, documentación adicional o, peor aún, decida rechazar su solicitud de manera directa. Ante tales desafíos, una opción es presentar una notificación de apelación o una moción, a través del formulario I-290B.
Si está enfrentando un asunto de inmigración o está considerando apelar una decisión de inmigración, le recomendamos comunicarse con Delgado Avalos Law Firm. Nuestro compromiso radica en asegurar que comprenda todas sus opciones mientras le brindamos apoyo para navegar hacia un estatus legal o un cambio de estatus en los Estados Unidos.
¿Qué es el formulario I-290B?
El formulario I-290B, conocido como “Notificación de Apelación o Moción”, es requerido si desea apelar una decisión de inmigración o necesita presentar una moción para una audiencia u otra acción en su caso. Puede usar este formulario para presentar una notificación ante la Oficina Administrativa de Apelaciones o una moción ante la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos.
Antes de presentar un formulario I-290B, es recomendable consultar con un abogado de inmigración para asegurarse de que tiene motivos para apelar o de que está autorizado a presentar una moción. En muchos casos, contar con la revisión de un abogado antes de presentar puede ser beneficioso, así como tener representación legal en las audiencias de inmigración.
¿Cuándo utilizar el formulario I-290B?
El formulario I-290B suele usarse en los siguientes casos:
- Cuando una oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos toma una decisión en su caso con la que no está de acuerdo y desea presentar una moción para una audiencia o una apelación ante dicha oficina.
- Cuando desea presentar un recurso ante la Oficina Administrativa de Recursos (AAO).
- Cuando el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas le niega una solicitud de autorización para que un estudiante no inmigrante asista a la escuela y desea apelar la decisión.
Es fundamental asegurarse de que la presentación del formulario I-290B sea la opción adecuada para su situación específica, ya que existen diferentes formularios de apelación para distintas circunstancias. Si tiene dudas acerca de qué formulario usar o si puede apelar una decisión, le recomendamos que se comunique con un abogado de inmigración para recibir orientación.
¿NECESITO UN FORMULARIO I-290B DIFERENTE PARA CADA MOCIÓN?
Frecuentemente surge la pregunta de si se pueden unificar varias peticiones o recursos en un solo formulario I-290B. Lamentablemente, esto no es posible. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos requiere la presentación por separado de cada moción o recurso a través de un formulario I-290B individual. Además, cada presentación conlleva un pago de tarifa. Contar con los servicios de un abogado de inmigración experimentado en apelaciones puede ayudar a guiar el proceso de presentar múltiples apelaciones o mociones, asegurando el cumplimiento de los requisitos.
¿Quién no puede presentar el formulario I-290B?
Al presentar el formulario I-290B, es importante entender que solo el solicitante puede presentar la notificación. Esto significa que su abogado no puede presentarla en su nombre. Sin embargo, un abogado experto puede asesorarlo para asegurarse de que el formulario esté completo y de que se hayan incluido todos los detalles relevantes.
Situaciones en las que no puede presentar el formulario I-290B incluyen:
- Presentar un recurso ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Los recursos ante esta entidad deben presentarse a través del formulario EOIR-29.
- Presentar un recurso por la denegación de una embajada o consulado de Estados Unidos en el extranjero o del Departamento de Estado.
- Presentar un recurso para una solicitud de Trabajador Agrícola Especial o de Legalización. Este tipo de recurso requiere el formulario I-694.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PRESENTAR UN RECURSO O UNA MOCIÓN?
Existen plazos específicos para presentar un recurso o una moción, con el objetivo de asegurar que los casos se tramiten y resuelvan en tiempo y forma. Por lo general, tiene un plazo de 30 días naturales a partir de la notificación electrónica, o 33 días naturales desde la notificación por correo, para presentar un recurso o una moción. Es importante destacar que este plazo comienza a partir de la fecha de notificación, que refleja la fecha de envío por la oficina de inmigración, no la fecha de recepción. Consulte la documentación o el sobre para determinar la fecha de envío.
¿CÓMO PUEDE AYUDARME UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN?
Los trámites de inmigración y visas son complejos. Un abogado de inmigración puede ser una valiosa fuente de ayuda para asegurarse de que tiene información legal precisa y para determinar cuáles deben ser sus siguientes pasos.
Si su solicitud de inmigración enfrenta un revés en forma de denegación, considerar la posibilidad de presentar un recurso o una moción puede ser su siguiente paso. Delgado Avalos Law Firm es su aliado en la comprensión de este proceso intrincado, guiándolo a través de la apelación y las audiencias. Aunque estamos ubicados en Ventura (California), nuestros servicios se extienden a lo largo de Estados Unidos. Llame al 805-793-0647 para hablar con uno de los miembros de nuestro equipo hoy mismo.