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Abogado especializado en visados humanitarios ayuda a quienes buscan refugio en Estados Unidos

Para muchas personas que buscan un estatus migratorio legal en Estados Unidos, la decisión está motivada por la terrible perspectiva de sufrir daños o incluso la muerte en sus países de origen. EE.UU. ofrece varios visados a quienes desean entrar o residir por razones humanitarias. Sin embargo, navegar por las normas y procedimientos de inmigración puede ser todo un reto en circunstancias normales, y mucho más durante una crisis.

Los expertos legales de Delgado Avalos Law Firm están aquí para guiarle a través de la comprensión de los visados humanitarios disponibles y determinar la mejor opción basada en sus circunstancias únicas. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para hablar con un abogado experto en inmigración y comenzar su viaje.

¿Qué es la libertad condicional humanitaria?

La libertad condicional humanitaria sirve a las personas con necesidades humanitarias urgentes, permitiendo la entrada acelerada en EE.UU. Esta opción temporal está disponible para aquellos que de otro modo podrían ser inadmisibles. El derecho a la libertad condicional humanitaria depende de una “emergencia imperiosa”. Sin embargo, si su situación no cumple este requisito, pueden ser más adecuadas otras opciones de visado. Es aconsejable consultar con un abogado de inmigración para evaluar sus opciones antes de seguir adelante, ya que deben cumplirse criterios específicos.

Nota: Los visados humanitarios y la libertad condicional humanitaria son diferentes, pero pueden emplearse simultáneamente. Por ejemplo, mientras solicita la libertad condicional humanitaria para permanecer en EE.UU., puede explorar simultáneamente un estatus legal a través de un visado humanitario.

¿Cuáles son las opciones de visado humanitario?

Estados Unidos ofrece varias opciones a quienes buscan alivio de la persecución o los abusos. A continuación encontrará una lista de las opciones más comunes de visado humanitario y una breve explicación de a quién van dirigidas, para que pueda determinar cuál podría ajustarse a su situación:

  • Estatuto de refugiado: Las personas que actualmente siguen en el extranjero y sufren persecución pueden solicitar el estatuto de refugiado y venir a Estados Unidos.
  • Asilado: Esta opción de visado es para quienes han sufrido persecución pero ya están dentro de Estados Unidos cuando solicitan el estatus legal.
  • Visado T: El visado T concede a las víctimas de trata de seres humanos el estatus de no inmigrante. Este visado exige que usted sea víctima de tráfico sexual o laboral y que esté dispuesto a cooperar con las autoridades facilitando información sobre el delito y sus autores.
  • Visados U: Estos visados son para víctimas de delitos que violan las leyes estadounidenses, ya se hayan cometido en Estados Unidos o en otro país. Las personas que soliciten un visado U deben demostrar que son víctimas de un delito tipificado y que están dispuestas a cooperar con las fuerzas del orden.
  • VAWA: La Ley de Violencia contra la Mujer permite a las mujeres que sufren malos tratos por parte de sus cónyuges solicitar por sí mismas la tarjeta verde sin tener que ser patrocinadas por su cónyuge.

Estatus especial para menores inmigrantes: Los niños inmigrantes que sufren abusos o negligencia o han sido abandonados por sus padres y que tienen una orden del tribunal de menores que pone fin a la custodia paterna pueden solicitar el estatus.

Además, EE.UU. ofrece programas especiales para inmigrantes afectados por catástrofes naturales, con tramitación acelerada y ampliación de plazos para diversos trámites. Cada categoría de visado tiene unos criterios específicos, y hablar de su situación y objetivos con un abogado de inmigración puede ayudarle a identificar la mejor opción para usted.

¿Cómo se solicita un visado humanitario?

Para solicitar un visado humanitario, deberá presentar el formulario correspondiente en la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. Cada visado tiene sus propios requisitos de cualificación y la documentación necesaria, así que asegúrese de revisar su solicitud con un abogado antes de presentarla para asegurarse de que tiene las máximas posibilidades de ser aceptado.

Si solicita la libertad condicional humanitaria, tendrá que presentar la Solicitud de Documento de Viaje (Formulario I-131) y la Declaración Jurada de Apoyo (Formulario I-134). Es posible que también tenga que aportar documentación justificativa y pagar las tasas de presentación aplicables. En algunos casos, la libertad condicional humanitaria también puede requerir una cita o entrevista biométrica con un funcionario de inmigración antes de tomar una decisión.

¿Puede recurrir una denegación?

Aunque algunas vías de inmigración permiten apelar o celebrar audiencias tras la denegación, esto no es habitual en el caso de los visados humanitarios. En la mayoría de los casos, la denegación es definitiva. Sin embargo, puede explorar opciones alternativas de visado si se le deniega un tipo. Por ejemplo, si se deniega una solicitud de visado T por no cumplir los requisitos, solicitar un visado U como víctima de un delito podría ser una opción. Consultar a un abogado de inmigración con experiencia tras recibir una notificación de denegación puede arrojar luz sobre posibles alternativas.

En situaciones de denegación o incertidumbre, busque ayuda profesional para revisar la notificación y explorar posibles vías para avanzar.

Si usted necesita ayuda con una visa humanitaria – ya sea que usted está presentando su solicitud inicial o hacer frente a una notificación de denegación – Delgado Avalos Law Firm está aquí para usted. Llame a nuestra oficina al 805-793-0647 para ser conectado con un miembro de nuestro equipo legal que puede determinar su situación y le permitirá saber cómo un abogado de inmigración puede ayudar.

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