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ABOGADA ESPECIALIZADA EN VISAS PARA INMIGRANTES MENORES DE EDAD

Lamentablemente, a diario se registran casos de maltrato, abandono y negligencia hacia niños en Estados Unidos. Cuando estos niños carecen de estatus legal, la situación se vuelve aún más complicada. Si un menor desea quedarse en Estados Unidos pero aún no tiene un estatus legal independiente de sus padres, una opción podría ser obtener la clasificación de Menor Inmigrante Especial (SIJ, por sus siglas en inglés).

Desentrañar las complejidades de la inmigración de menores y obtener claridad sobre los pasos a seguir es posible con el apoyo comprometido de Delgado Avalos Law Firm. No dude en ponerse en contacto con nuestra oficina para entablar una conversación, recibir orientación y conectarse con abogados de inmigración competentes.

¿Qué es la clasificación especial de menor inmigrante?

La clasificación especial de Menor Inmigrante permite a los menores inmigrantes, que han sido víctimas de abuso, negligencia o abandono por parte de uno o ambos padres, buscar protección a través del sistema judicial para menores. Al obtener la clasificación SIJ, estos niños pueden lograr un estatus legal en Estados Unidos, lo que les brinda la posibilidad de obtener un permiso de trabajo y, incluso, la opción de obtener una tarjeta verde o la ciudadanía estadounidense de manera independiente.

Los individuos con el estatus SIJ también pueden acceder a matrículas universitarias más económicas, ya que no son considerados estudiantes internacionales. Esto hace que obtener sus títulos sea más asequible y les permite seguir avanzando en sus metas personales y profesionales. Además, el estatus SIJ posibilita viajar al extranjero, lo que puede ser beneficioso para establecer y mantener conexiones con otros familiares que no residen en Estados Unidos.

¿Quién puede optar?

Existen requisitos específicos para poder solicitar la clasificación de Inmigrante Juvenil Especial. Para poder optar a ella, los solicitantes deben:

  • Ser menor de 21 años. En Estados Unidos, un menor suele ser un niño de menos de 18 años; sin embargo, el estatuto SIJ puede ampliarse a quienes tengan menos de 21 años en el momento de presentar la petición.
  • Ser soltero. El solicitante no debe estar casado, y cualquier matrimonio anterior debe haber concluido legalmente por disolución o fallecimiento del cónyuge.
  • Residir físicamente en Estados Unidos. Para poder optar a la clasificación SIJ, el menor debe estar viviendo en Estados Unidos cuando presente la solicitud y cuando se tome la decisión.
  • Tener una orden judicial de un tribunal de menores. Esta orden judicial debe indicar que dependes del tribunal o estás bajo la custodia de un organismo o departamento estatal o de una persona o entidad designada por el tribunal; y que no puedes reunirte con uno o ambos progenitores debido a CUALQUIER abuso, negligencia o abandono:

Para los mayores de 18 años, cumplir los requisitos de la orden del tribunal de menores puede plantear problemas en algunos estados. Si la obtención de la orden judicial necesaria parece difícil o desafiante, consulte a nuestro bufete de abogados para consultar con un abogado de inmigración con experiencia.

¿Cómo se solicita la clasificación especial de inmigrante juvenil?

Para iniciar el proceso de clasificación como Inmigrante Juvenil Especial hay que presentar el formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial, en la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (U.S. Citizenship and Immigration Services). El paquete de solicitud debe incluir documentos de verificación de la edad, como un certificado de nacimiento, una orden judicial certificada y el consentimiento del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE.UU. si es necesario.

Después de la presentación, deje pasar varios meses para la revisión, durante los cuales la oficina podría solicitar documentación complementaria o pedir aclaraciones. Una vez concluida la revisión, se enviará una notificación oficial de la decisión.

¿EL ESTATUS SIJ ME OTORGA EL DERECHO A OBTENER LA TARJETA VERDE?

La clasificación SIJ abre la puerta a una solicitud de Tarjeta Verde, supeditada al cumplimiento de otros criterios de elegibilidad. Cabe destacar la especificidad de los requisitos en función de la categoría bajo la que se presenta la solicitud. Consultar a un abogado agiliza la comprensión de las opciones viables. La Tarjeta Verde allana el camino para solicitar la ciudadanía estadounidense, que se obtiene tras residir en Estados Unidos un mínimo de 5 años (o 3 años si se está casado con un ciudadano estadounidense) y cumplir otros requisitos.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la declaración?

Debido a los estrictos requisitos de edad para la clasificación SIJ, es importante asociarse con un abogado que pueda trabajar rápidamente en su caso y ayudarle a obtener los documentos que necesita. Debes solicitar el estatuto SIJ a más tardar el día antes de cumplir 21 años. Sin embargo, puede que tenga que iniciar el proceso antes si el sistema judicial de su estado sólo tiene jurisdicción hasta los 18 años. Otro factor a tener en cuenta es que la orden judicial no puede ser una retirada temporal de la custodia, por lo que tendrá que equilibrar esperar lo suficiente para obtener una orden permanente y presentar la solicitud con la suficiente antelación para cumplir los requisitos de edad.

Si aún no está seguro si podría utilizar la clasificación SIJ para su beneficio o está listo para iniciar el proceso, llame a Delgado Avalos Law Firm al 805-793-0647. Tenemos experiencia con este tipo de inmigración y hemos ayudado a clientes a obtener un estatus legal y establecer vidas independientes. Nuestra oficina se encuentra en Ventura, California, pero ayudamos a clientes de todo el pais. Llame hoy mismo para solicitar la asistencia de nuestros abogados expertos en inmigración.

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